La SMA publicó una Instrucción General que define un mecanismo clave para titulares con Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Esta medida formal exige la acreditación, a través del Sistema RCA, de la ejecución de la gestión mínima definida en la RCA como requisito para iniciar el proyecto. La no realización de esta gestión podría llevar a la caducidad de la RCA, impidiendo la ejecución del proyecto.
Patricio Walker, senior de ECOS Chile, enfatizó que esta instrucción facilita que los titulares informen de manera práctica y sencilla el inicio de proyectos con RCA vigente. Esto permitiría a la SMA ejercer su competencia para dar por iniciado el proyecto o solicitar su caducidad, en línea con la Ley N° 19.300.
Además, la instrucción se alinea con las disposiciones de la Ley N° 21.210, que establece una contribución al desarrollo regional. El cruce entre obligaciones ambientales y tributarias es fundamental, y la notificación del inicio de ejecución de proyectos activa un proceso relevante para el pago de esa contribución.
La obligación de declarar el inicio aplica a proyectos ingresados al SEIA a partir de diciembre de 2013 para aspectos ambientales y desde febrero de 2020 para aspectos tributarios. La declaración debe realizarse en línea a través del portal específico, adjuntando medios de verificación como fotografías o facturas.
Patricio Walker subrayó la importancia de que las empresas se anticipen a esta obligación, especialmente si están cerca de cumplir cinco años desde la notificación de su RCA. Desde ECOS Chile, se trabaja activamente con los clientes para garantizar un cumplimiento oportuno y alineado con las nuevas normativas.